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Yeritza y su lucha contra el feminicidio en 2026

Yeritza y su lucha contra el feminicidio en 2026

Tabla de contenidos


Este texto retoma lo reportado por CIMAC Noticias y las declaraciones públicas de Yeritza “N” difundidas en redes sociales, tal como fueron citadas en esa cobertura.

Yeritza denuncia liberación de su agresor y busca justicia

Reclasificación del delito y riesgo

  • Hecho reportado: Yeritza “N” difundió un video en redes sociales donde afirma haber recibido una notificación sobre la reclasificación del delito y el ordenamiento/posibilidad de libertad del acusado.
  • Delito (según la denuncia): de feminicidio en grado de tentativa a violencia intrafamiliar.
  • Personas señaladas por Yeritza (según su testimonio): las magistradas Blanca García Sánchez y Erika Epifanía Reséndiz Ramírez, y el magistrado presidente Rafael Inti Castillo Serrato.
  • Riesgo señalado: Yeritza sostiene que la decisión incrementa el riesgo para ella y su familia tras seis años de proceso.
  • Reacción pública: la Red Nacional de Sobrevivientes de Feminicidio (RENASE) pidió protección inmediata y la activación de medidas de protección.

El caso de Yeritza: una lucha por justicia

Yeritza “N” es sobreviviente de tentativa de feminicidio en dos ocasiones, ataques ocurridos en 2020 y atribuidos a su entonces pareja, Carlos Enrique “N”. Seis años después, su historia sigue marcada por una búsqueda de justicia que no ha concluido y que, según su denuncia pública, hoy enfrenta un giro que incrementa el riesgo.

En un video difundido en redes sociales, Yeritza relató que recibió una notificación sobre la reclasificación del delito por el que su agresor fue juzgado y sobre el ordenamiento de su libertad. De acuerdo con su testimonio, esa notificación implica la posibilidad de que el acusado quede en libertad. En su mensaje, responsabilizó de esa decisión a las magistradas Blanca García Sánchez y Erika Epifanía Reséndiz Ramírez, así como al magistrado presidente Rafael Inti Castillo Serrato, a quienes señaló por la reclasificación.

La sobreviviente subrayó que su proceso ha sido largo y repetitivo: dijo que no ha faltado a audiencias, que ha enfrentado el mismo juicio tres veces y que ha obtenido dos sentencias condenatorias por dos jueces distintos por el delito de feminicidio en grado de tentativa. Aun así, el expediente volvió a moverse por recursos legales promovidos por la familia del agresor, incluidos amparos que, en su caso, resultaron determinantes.

El caso ilustra una tensión central en el acceso a la justicia para mujeres y personas con capacidad de gestar: no basta con denunciar y sostener un proceso; la ruta judicial puede reabrirse, reponerse o reconfigurarse, con impactos directos en la seguridad de quien sobrevivió.

Evolución del caso y decisiones clave
Línea de tiempo (según lo reportado y el testimonio público citado):

  • 2020: Yeritza “N” sobrevive a dos ataques que identifica como tentativa de feminicidio; señala como agresor a Carlos Enrique “N”.
  • 2022: obtiene una sentencia de 11 años 8 meses por feminicidio en grado de tentativa.
  • 2024: un amparo anula la sentencia de 2022; se ordena reponer el procedimiento.
  • 2025: inicia un nuevo juicio; un juez vuelve a declarar culpable al acusado por feminicidio en grado de tentativa.
  • 2026: Yeritza afirma recibir notificación de reclasificación a violencia intrafamiliar y de una decisión que podría derivar en libertad del acusado.

Checkpoint de lectura: esta secuencia explica por qué Yeritza habla de “enfrentar el mismo juicio 3 veces” y por qué una reclasificación al final del recorrido cambia el escenario de riesgo.

Reclasificación del delito y sus implicaciones

El punto de quiebre que Yeritza denuncia es la reclasificación del delito: de feminicidio en grado de tentativa a violencia intrafamiliar. En términos prácticos, el cambio no es menor. La tipificación define cómo se interpreta la agresión, qué elementos se consideran centrales (incluida la razón de género) y qué consecuencias penales y procesales se desprenden.

Yeritza explicó que, tras recibir la notificación, entendió que la reclasificación abre la puerta a que Carlos Enrique “N” quede en libertad. En su lectura, esto no solo modifica el expediente: altera el equilibrio de protección y riesgo, porque el agresor podría salir y ella tendría que enfrentar un escenario de mayor vulnerabilidad.

El historial judicial que ella misma describe ayuda a dimensionar el impacto. En 2022, Yeritza había logrado una sentencia de 11 años y 8 meses de prisión por feminicidio en grado de tentativa. Sin embargo, en 2024 un amparo anuló esa sentencia; posteriormente, un juez anuló el fallo y ordenó reponer el procedimiento. El nuevo juicio inició en 2025 y, de nuevo, un juez declaró culpable a Carlos Enrique “N” por feminicidio en grado de tentativa. La reclasificación notificada en 2026 vuelve a mover el piso del caso.

Más allá del expediente individual, la reclasificación plantea preguntas de política pública: ¿qué criterios se usan para sostener o modificar la perspectiva de género en la calificación del delito?, ¿cómo se pondera el riesgo para la víctima sobreviviente cuando una decisión judicial puede derivar en libertad?, ¿qué medidas de protección se activan de inmediato cuando el proceso cambia?

Para Yeritza, el efecto es claro: la decisión la coloca en riesgo. Y, en un país donde la violencia feminicida es un problema persistente, ese riesgo no es abstracto: se traduce en miedo, vigilancia constante y la necesidad de protección efectiva.

Aspecto Feminicidio en grado de tentativa (enfoque) Violencia intrafamiliar (enfoque) ¿Por qué importa en este caso?
Qué centra la interpretación Violencia extrema con posible razón de género y riesgo letal Violencia en el ámbito familiar/pareja, sin necesariamente encuadrar el componente de género como eje Cambia la forma en que se narra y se valora la agresión dentro del expediente.
Qué suele discutirse en juicio Indicios de intención de matar, contexto de violencia previa, patrones de control y riesgo feminicida Dinámicas de violencia en el hogar/pareja, agresiones y su reiteración Puede modificar qué elementos se consideran “centrales” para sostener la acusación.
Efecto práctico posible (según la denuncia) Mantener la gravedad del hecho como tentativa de feminicidio Abrir la puerta a un escenario procesal que Yeritza interpreta como posible libertad Para Yeritza, el cambio altera el nivel de riesgo inmediato y la necesidad de protección.
Impacto en protección y riesgo Suele activar mayor atención al riesgo feminicida Puede percibirse como “menor gravedad” si no se acompaña de medidas Si el agresor sale o se acerca, la protección debe ser inmediata y verificable.

La respuesta de la Red Nacional de Sobrevivientes de Feminicidio

La Red Nacional de Sobrevivientes de Feminicidio (RENASE) reaccionó públicamente con preocupación por la integridad física, emocional y psicológica de Yeritza y de su familia. En un comunicado, la organización exigió a las autoridades competentes garantizar su seguridad y activar todas las medidas de protección necesarias.

RENASE también estableció una línea de responsabilidad: señaló al agresor como responsable de cualquier acto de violencia, amenaza, hostigamiento o intimidación que pudiera sufrir Yeritza o su familia. Y añadió un segundo nivel de exigencia institucional: advirtió sobre la obligación de las autoridades de actuar con debida diligencia , y sobre la responsabilidad de quienes, teniendo el deber de proteger, omitan hacerlo.

Ese énfasis en la debida diligencia es clave en casos de violencia de género. Cuando una sobreviviente denuncia que su agresor podría quedar en libertad, la respuesta estatal no puede limitarse a “tomar nota”: debe traducirse en medidas concretas, oportunas y verificables, porque el riesgo puede escalar en horas o días.

La postura de RENASE también coloca el foco en el impacto integral de estos procesos. No se trata solo de un expediente penal: la incertidumbre judicial y la posibilidad de liberación afectan la salud mental, la estabilidad familiar y la capacidad de reconstruir un proyecto de vida. En sobrevivientes de tentativa de feminicidio, la protección no es un complemento; es una condición mínima para que el acceso a la justicia sea real.

En el caso de Yeritza, la red acompaña una demanda inmediata: seguridad. Y, al mismo tiempo, deja planteada una exigencia de fondo: que las instituciones no normalicen decisiones que, por acción u omisión, aumenten el riesgo para quienes ya sobrevivieron a violencia extrema.

Protección inmediata y debida diligencia
Lo que RENASE pone sobre la mesa (según su comunicado):

  • Qué pide: garantizar de manera inmediata la seguridad de Yeritza y activar todas las medidas de protección necesarias.
  • A quién se dirige: a las autoridades competentes con obligación de proteger y actuar con debida diligencia.
  • Qué responsabilidad marca:
  • al agresor, por cualquier acto de violencia, amenaza, hostigamiento o intimidación contra Yeritza o su familia;
  • a las autoridades, por omisiones si, teniendo el deber de proteger, no actúan frente a los riesgos que esta decisión genera.
  • Para cuándo: el énfasis es inmediato (por el riesgo de escalamiento en horas o días).

El impacto de la corrupción en la justicia

En su mensaje, Yeritza lamentó que el Estado continúe dejando en indefensión a las víctimas sobrevivientes. Su denuncia no se limitó a la reclasificación: afirmó que la decisión no se basó en hechos ni en pruebas, sino en “dinero y corrupción”. En su narrativa, el problema no es solo jurídico, sino estructural: cuando el poder y los recursos económicos inclinan la balanza, la justicia se vuelve inaccesible para quienes no pueden competir en ese terreno.

Sin presentar elementos adicionales en su declaración pública más allá de su convicción, Yeritza describió su experiencia como una lucha contra un sistema donde la negligencia y el dinero “ganan”. Esa percepción, en sí misma, es un indicador de daño institucional: cuando una sobreviviente llega a concluir que el proceso no responde a pruebas, se erosiona la confianza en el sistema y se profundiza la sensación de desamparo.

El caso también muestra cómo los recursos legales pueden prolongar y desgastar. La familia del agresor promovió varios recursos, incluidos dos amparos que ganó. Uno de ellos, en 2024, anuló la sentencia obtenida en 2022. Después vino la reposición del procedimiento y un nuevo juicio en 2025. Para una víctima sobreviviente, cada reinicio implica volver a narrar, volver a probar, volver a exponerse.

En contextos de violencia de género, esa repetición puede convertirse en una forma de revictimización: no necesariamente por una sola actuación, sino por la acumulación de trámites, audiencias y resoluciones que mantienen abierta la herida y el riesgo.

Cuando Yeritza habla de corrupción, también habla de consecuencias: si el agresor queda libre, la amenaza no es hipotética. Por eso su denuncia se conecta con una exigencia básica de derechos humanos: que el acceso a la justicia no dependa de la capacidad de resistir años de litigio ni de enfrentar campañas de intimidación.

Hechos del proceso y percepción

  • Lo que es testimonio/percepción (y debe leerse como tal): la afirmación de Yeritza de que la decisión “no fue basada en hechos… fue basada en dinero y en corrupción”.
  • Lo que sí está descrito con hechos del caso (en la cobertura citada): la existencia de amparos, la anulación de una sentencia previa, la reposición del procedimiento, un nuevo juicio y la notificación de una reclasificación.
  • Por qué esta distinción importa: permite sostener dos ideas a la vez sin confundirlas: (1) el desgaste real y verificable del proceso; (2) la denuncia de corrupción como explicación que Yeritza atribuye a lo ocurrido.

Estadísticas sobre feminicidio en México

El caso de Yeritza ocurre en un país donde la tentativa de feminicidio está registrada y cuantificada, aunque las cifras no alcanzan a describir el impacto humano detrás de cada carpeta. Datos del Censo de Procuración y Justicia Federal y Estatal 2025 del Instituto Nacional de Estadística y Geografía (Inegi) muestran que, a 2024, se registraron 685 casos de feminicidio en grado de tentativa en México.

En ese registro, Nuevo León y la Ciudad de México aparecen como las entidades con más casos: 330 y 115, respectivamente. La concentración en dos entidades no significa que el problema sea exclusivo de ellas, pero sí indica dónde se han contabilizado más tentativas en el periodo referido por el censo.

A nivel de incidencia delictiva, el Consejo Ciudadano para la Seguridad y Justicia de la Ciudad de México documentó que, con estadísticas a febrero de 2026, se registraron 68 casos de feminicidio en grado de tentativa a nivel nacional y 7 en la Ciudad de México. En la capital, esas carpetas se ubicaron en las alcaldías Álvaro Obregón, Cuauhtémoc, Gustavo A. Madero, Iztapalapa, La Magdalena Contreras, Tlalpan y Xochimilco.

Estas cifras ayudan a ubicar el caso en un panorama más amplio: la tentativa de feminicidio no es un evento aislado, sino una expresión de violencia extrema que se repite en distintos territorios. Y, como muestra la experiencia de Yeritza, sobrevivir no significa estar a salvo: la seguridad depende de medidas de protección, de procesos judiciales consistentes y de decisiones que no minimicen la gravedad del delito.

En términos de salud pública y derechos, cada tentativa implica atención médica, acompañamiento psicológico y protección sostenida. Cuando el sistema falla en cualquiera de esos puntos —investigación, sanción o protección— el riesgo de nuevas agresiones se mantiene.

Interpretación correcta de las cifras
Cómo leer estas cifras sin confundir métricas:

  • INEGI (Censo de Procuración y Justicia 2025): reporta registros administrativos del sistema de procuración de justicia; aquí se cita el dato “a 2024” (685 tentativas) y el desglose por entidades (p. ej., Nuevo León y CDMX).
  • Consejo Ciudadano (corte a febrero de 2026): presenta un corte temporal específico (mensual/acumulado al mes) sobre incidencia documentada en ese periodo.
  • Importante: no son series idénticas ni necesariamente comparables “uno a uno” (difieren en periodo, cobertura y forma de registro), por lo que conviene usarlas para contexto y no para sumarlas entre sí.

La experiencia de Yeritza frente al acoso e intimidación

Además del proceso judicial, Yeritza ha enfrentado, según su testimonio, campañas de acoso, intimidación y desprestigio por parte de familiares de su agresor. En su relato, estas acciones han sido parte del costo de sostener la denuncia durante seis años: no solo litigar, sino resistir presiones externas que buscan aislarla, desacreditarla o desgastarla.

Ese componente es central para entender por qué la posible liberación del agresor se vive como una amenaza inmediata. La intimidación no empieza con la libertad; puede existir durante el proceso, y la salida del acusado puede intensificarla. Por eso, cuando Yeritza afirma que la decisión la coloca en riesgo, habla desde una experiencia acumulada de hostigamiento.

En su video, también describió el desgaste de repetir el juicio: “he enfrentado el mismo juicio 3 veces”, dijo, y recordó que obtuvo dos sentencias condenatorias por el mismo delito. Esa reiteración no es un detalle técnico: implica volver a exponerse públicamente, volver a narrar hechos traumáticos y volver a enfrentar a la contraparte.

En casos de violencia de género, el entorno social puede convertirse en un segundo frente de agresión. El desprestigio y el hostigamiento buscan erosionar la credibilidad de la víctima y, con ello, debilitar su acceso a justicia y protección. Cuando esto ocurre, la respuesta institucional debería considerar no solo el riesgo físico, sino también el impacto emocional y psicológico, tal como lo subrayó RENASE.

La experiencia de Yeritza muestra una realidad frecuente: sobrevivir a una tentativa de feminicidio no termina con salir con vida. La sobrevivencia se prolonga en trámites, audiencias, amenazas y la necesidad de redes de apoyo que sostengan lo que el Estado no siempre garantiza.

Señales de hostigamiento y escalamiento
Patrones de hostigamiento que Yeritza dice haber enfrentado (para ordenar el relato):

  • Acoso sostenido (contactos insistentes, presión constante).
  • Intimidación (mensajes o acciones que buscan infundir miedo).
  • Desprestigio (intentos de desacreditar su versión o su reputación).
  • Presión del entorno vinculada a familiares del agresor (según su testimonio).

Señales de posible escalamiento cuando hay cambios judiciales (como una reclasificación o posible libertad):

  • Aumento de contactos o mensajes tras una audiencia/notificación.
  • Aparición de nuevas campañas de difamación o “señalamientos” en redes.
  • Vigilancia o acercamientos en lugares cotidianos.
  • Amenazas directas o indirectas hacia ella o su familia.

Por qué importa: en el texto, estas dinámicas explican por qué la seguridad se vuelve urgente cuando el proceso cambia.

Responsabilidad de las autoridades en la protección de víctimas

Yeritza no solo denunció una resolución judicial: señaló directamente a las magistradas Blanca García Sánchez y Erika Epifanía Reséndiz Ramírez, y al magistrado presidente Rafael Inti Castillo Serrato, por la reclasificación del delito y el ordenamiento de libertad, y los responsabilizó de lo que pudiera sucederle a ella o a su familia. Su señalamiento expresa una demanda de rendición de cuentas: cuando una decisión incrementa el riesgo, quienes la toman no pueden quedar al margen de sus consecuencias.

RENASE reforzó esa lógica desde otro ángulo: pidió a las autoridades competentes garantizar de manera inmediata la seguridad de Yeritza y activar todas las medidas de protección necesarias. También advirtió sobre la responsabilidad de quienes, teniendo la obligación de protegerla, omitan actuar con debida diligencia frente a los riesgos que esta decisión genera.

La protección, en este contexto, no es un trámite accesorio. Cuando existe la posibilidad de liberación del agresor, las medidas deben ser inmediatas, integrales y coordinadas: seguridad física, prevención de hostigamiento, y atención a la integridad emocional y psicológica. La propia red enfatizó estas dimensiones al hablar de integridad física, emocional y psicológica.

El caso también deja una lección institucional: los procesos judiciales de violencia de género no pueden evaluarse solo por su formalidad. La pregunta clave es si el sistema reduce el riesgo o lo incrementa. Si una reclasificación deriva en libertad y no se acompaña de protección efectiva, el Estado puede estar trasladando el costo de su decisión a la sobreviviente.

Desde una perspectiva de derechos humanos, la obligación de proteger no se agota en investigar y juzgar: incluye prevenir nuevas violencias y evitar que el proceso judicial se convierta en un factor adicional de riesgo.

Respuesta rápida ante cambios judiciales
Flujo mínimo de actuación cuando una decisión judicial puede aumentar el riesgo (aterrizado a lo que el texto describe):
1) Se conoce la notificación/cambio procesal (p. ej., reclasificación o posible libertad).
2) Evaluación inmediata de riesgo (qué cambia hoy: cercanía del agresor, antecedentes de hostigamiento, vulnerabilidad familiar).
3) Activación/ajuste de medidas de protección (no solo “registrarlas”: que sean operativas y verificables).
4) Coordinación entre autoridades competentes para que la protección no dependa de una sola ventanilla.
5) Seguimiento con checkpoints: confirmar en días/horas que las medidas funcionan (si hay nuevos actos de hostigamiento, se ajustan).
Punto crítico: si el proceso se mueve rápido (por ejemplo, una liberación), la protección también debe moverse rápido.

Reflexiones sobre la lucha contra el feminicidio

La importancia de la justicia para las víctimas

El caso de Yeritza muestra que la justicia, para las víctimas sobrevivientes, no es solo una sentencia: es la posibilidad de vivir sin miedo. Cuando un proceso se prolonga por años, se repone, se reclasifica o deriva en libertad, la sobreviviente queda atrapada entre la violencia que ya ocurrió y la amenaza de que se repita.

La justicia también es consistencia institucional. Yeritza afirma haber obtenido dos sentencias condenatorias por el mismo delito y, aun así, enfrentar una reclasificación que cambia el rumbo. Esa inestabilidad impacta la confianza pública y, sobre todo, la seguridad de quien denunció.

El papel de la sociedad en la prevención de la violencia de género

La respuesta social importa porque la violencia de género no ocurre en el vacío. Redes como RENASE cumplen una función de acompañamiento y vigilancia pública: exigen protección, nombran obligaciones y recuerdan que la integridad de una sobreviviente no puede quedar sujeta a la inercia institucional.

La prevención también pasa por no normalizar el hostigamiento y el desprestigio contra víctimas. Cuando una sobreviviente denuncia campañas de intimidación, el entorno —comunitario, digital e institucional— debe reconocerlo como parte del problema y no como “ruido” alrededor del caso.

La lucha contra el feminicidio se sostiene en dos frentes inseparables: justicia efectiva y protección real. En la historia de Yeritza, ambos están en juego.

Desde la perspectiva de Tengo Un Retraso (MSI Reproductive Choices Mexico), visibilizar estos casos es parte de un enfoque de derechos humanos y salud pública: la violencia de género impacta la autonomía corporal y la posibilidad de tomar decisiones libres, voluntarias e informadas, y exige respuestas institucionales con debida diligencia y protección efectiva.

Este texto se apoya en información de acceso público y en declaraciones atribuidas a Yeritza “N” en redes sociales, vigentes al momento de su redacción. Los procesos judiciales pueden variar con nuevas resoluciones, recursos o notificaciones posteriores, por lo que algunos detalles podrían cambiar. Si sigues el caso, conviene consultar actualizaciones en las fuentes originales y en los comunicados de las organizaciones mencionadas.


Fuentes consultadas

  • Yeritza, sobreviviente de feminicidio, alerta por su seguridad. Liberaron al acusado — cimacnoticias.com.mx/2026/06/10/yeritza-sobreviviente-de-feminicidio-alerta-por-su-seguridad-liberaron-al-acusado/
  • San Antonio FC, 2026 — sanantoniofc.com/news/2026/06/04/toyota-field-to-host-liga-mx-femenil-campeon-de-campeonas-on-july-26/